Boletín Oficial del Gobierno Federal sobre la proscripción del bandolerismo y la comprobación de los clientes frente a las listas de sanciones Published: enero 17, 2022
Se informa a todos los operadores del mercado de capitales (CMOs) de que, conforme a los requisitos de la Ley de Prevención del Terrorismo (n.º 10,2011) y la Orden de Proscripción para la Prevención del Terrorismo de 2021, el Gobierno Federal de Nigeria ha declarado terroristas e ilegales las actividades de «YAN BINDIGA GROUP», YAN TA’ADDA GROUP Y OTROS GRUPOS SIMILARES en cualquier parte de Nigeria, proscribiendo su existencia y prohibiendo a toda persona o grupo de personas participar de cualquier manera y bajo cualquier forma en las actividades de cualquiera de dichos grupos.
Mediante esta circular, todos los operadores del mercado de capitales (CMOs) deberán comprobar y verificar a cada cliente frente a los grupos proscritos mencionados y cualquier otro grupo terrorista proscrito, la lista de resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (UNSCRs), la lista de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), etc., antes de incorporar a un nuevo cliente y al realizar operaciones ocasionales.
A partir de la fecha de esta circular, deberá comprobarse a todos los clientes existentes de los CMOs antes de ejecutar cualquier operación.
Conforme a los resultados de las comprobaciones, los CMOs deberán presentar inmediatamente informes de operaciones sospechosas (STRs) a la Unidad de Inteligencia Financiera de Nigeria (NFIU).
Haga clic aquí para consultar la orden de proscripción como referencia
COMISIÓN DE VALORES Y BOLSA (SEC)
17 de enero de 2022