Requisitos de registro de asesores automatizados Published: mayo 22, 2025
DIRECTRICES DE SOLICITUD
- Todos los documentos enumerados a continuación son requisitos obligatorios y deben aportarse.
- Cada formulario de la SEC debe cumplimentarse debidamente con toda la información exigida, sin dejar ningún campo en blanco, ya que esto invalidará los formularios.
- No se considera presentada una solicitud hasta que los formularios estén debidamente cumplimentados y se hayan aportado todos los documentos exigidos
- Las personas patrocinadas cuyo registro haya caducado deberán iniciar de nuevo el proceso de registro. (Consulte las normas 19 y 35 de la SEC, con sus modificaciones)
- Las personas propuestas para patrocinio deberán acudir a cualquiera de las oficinas de la SEC con tres (3) fotografías recientes tamaño carné para iniciar el trámite de certificación policial (esto se aplica a quienes solicitan por primera vez el registro ante la Comisión como personas patrocinadas y a quienes tengan dicho registro caducado);
- Todas las personas propuestas para patrocinio (excepto las que se transfieran) deberán asistir a una formación y un examen previos al registro. Quienes los superen (siempre que se mantenga la estructura exigida de personas patrocinadas) comparecerán ante el Comité de Entrevistas de Registro para su consideración.
- TODOS los originales de los documentos y certificados deberán presentarse para su cotejo por un funcionario autorizado de la SEC.
- Renovación anual del registro: Tras la aprobación para operar como operador del mercado de capitales (CMO), la empresa deberá renovar su registro anualmente a más tardar el 31 de enero de cada año
- La Comisión podrá exigir otros documentos y/o información que considere necesarios para el registro.
- Toda empresa o firma solicitante será objeto de una inspección física durante la tramitación de su solicitud de registro,
- Un conocimiento adecuado de las Normas y Reglamentos de la Comisión, la Ley de Inversiones y Valores n.º 29 de 2007 y el mercado de capitales es un requisito previo esencial para el registro
REQUISITOS DE REGISTRO
Pago
- Justificante del pago de la tasa de presentación o solicitud: N100,000.00 (cien mil nairas);
- Justificante del pago de la tasa de tramitación: N300,000.00 (trescientas mil nairas);
- Justificante del pago de la tasa de registro: N1,000,000.00 (un millón de nairas);
- Justificante del pago de la tasa de administrador: N100,000.00 (cien mil nairas)
- Justificante del pago de la tasa de persona patrocinada: N100,000.00 (cien mil nairas) por cada nueva persona propuesta para patrocinio y N50,000.00 (cincuenta mil nairas) por cada persona patrocinada transferida;
Formularios
- Formulario SEC 3 debidamente formalizado: para la empresa;
- Formularios SEC 2 y 2D debidamente formalizados: para personas patrocinadas y todos los administradores de la empresa (tenga en cuenta que cualquier posible operador del mercado de capitales que solicite el registro para esta función debe contar con al menos tres personas patrocinadas, una de las cuales debería ser responsable de cumplimiento y deberá supervisar el cumplimiento de la ISA 2007, las Normas y Reglamentos, notificaciones, directrices, instrucciones, etc. emitidos por la Comisión o el Gobierno Federal).
- Formulario SEC 2B debidamente formalizado: (para la transferencia de administradores o personas patrocinadas, al que deberán adjuntarse copias de la carta de dimisión y de la aceptación de la dimisión del empleador anterior); todos los formularios deberán cumplimentarse debidamente y presentarse por duplicado.
Administradores y personas propuestas para patrocinio
- Un mínimo de tres (3) personas patrocinadas, una de las cuales debería ser responsable de cumplimiento;
- El director gerente de la empresa deberá figurar entre las personas patrocinadas;
- (Las empresas registradas o que soliciten registro para desempeñar varias funciones deberán patrocinar el número total de personas prescrito para cada función).
- El formulario SEC 2 debería indicar las direcciones de correo electrónico personal/oficial y el BVN, junto con los datos bancarios de las personas patrocinadas. También deberá incluir los nombres y las direcciones completas postales, así como los números de contacto y direcciones de correo electrónico de los empleadores inmediatamente anteriores, bancos y personas propuestas como referencias;
- Aportar copia de las cartas de contratación y de la relación de funciones (debidamente firmadas por ambas partes);
- Aportar carta de dimisión y aceptación de la dimisión para la persona patrocinada transferida;
- Los currículos detallados de todos los administradores y personas propuestas para patrocinio deberán incluir sus actividades ordenadas cronológicamente desde la enseñanza secundaria, con fechas y duraciones claramente indicadas. (Deben indicarse los motivos de salida de todos los empleos anteriores y explicarse todas las fechas y los períodos sin actividad del historial laboral y educativo);
- Copias de las titulaciones, incluidos los certificados de enseñanza secundaria y de finalización o exención del NYSC (los originales deberán presentarse para su cotejo por la SEC);
- Certificado acreditativo de cambio de nombre (incluida una declaración jurada judicial y una publicación en prensa);
- Justificante de que las personas patrocinadas tienen un mínimo de cuatro años de experiencia pertinente posterior a su graduación, conforme a la norma 20 de las Normas y Reglamentos de la Comisión
- Cada persona propuesta para patrocinio deberá acudir a cualquiera de las oficinas de la SEC con tres fotografías recientes tamaño carné para iniciar el trámite de certificación policial (para las personas propuestas para patrocinio y aquellas cuyo registro como personas patrocinadas haya caducado);
- Copia de un documento de identidad válido (pasaporte internacional, documento nacional de identidad, permiso de conducir expedido por el organismo federal de seguridad vial (FRSC), certificado de cumplimiento tributario de la administración tributaria o justificantes de pago de servicios públicos),
- Copia del permiso de residencia o trabajo (para personas no nigerianas), cuyo original deberá presentarse para su cotejo por la SEC.
Todas las personas patrocinadas deberán tener experiencia pertinente posterior a su graduación, conforme a la norma 20 de las Normas y Reglamentos de la Comisión
Capital mínimo desembolsado y seguro de fidelidad
- Justificante del capital mínimo desembolsado exigido: N10,000,000.00 (diez millones de nairas), es decir, saldos bancarios, activos fijos o inversiones en valores cotizados;
- Seguro de fidelidad vigente que cubra al menos el 20% del capital mínimo desembolsado conforme a las Normas y Reglamentos de la Comisión;
Empresa solicitante
- El perfil de la empresa debería incluir, entre otros datos, una breve historia, la estructura organizativa y accionarial, los principales directivos y detalles de las actividades pasadas y actuales;
- Los nombres y direcciones de las filiales y empresas asociadas de la empresa, su actividad y el porcentaje de participación;
- Manual operativo y organigrama de la empresa (mecanismos sólidos de gobernanza), con líneas de responsabilidad bien definidas, transparentes y coherentes;
- Plan de negocios;
- Extractos bancarios de las cuentas de la empresa correspondientes a los últimos 6 meses;
Documentos societarios
Una copia de cada uno de los siguientes documentos, debidamente certificada por la CAC;
- Certificado de constitución
- Escritura de constitución y estatutos: deberían incluir la facultad de desempeñar la función específica;
- Compromiso jurado de proporcionar sin demora a la Comisión copias de cualquier modificación de su escritura de constitución y estatutos, certificada por la Comisión de Asuntos Societarios (CAC), código de conducta, directrices, etc., dentro de los catorce (14) días siguientes a la modificación;
- Formularios de la CAC que acrediten la declaración del capital social, la declaración de adjudicación y los datos de los administradores
- Últimas cuentas auditadas o estado de situación auditado para bancos con menos de un (1) año de actividad, con una antigüedad máxima de tres (30) meses a la fecha de presentación ante la Comisión, firmado por dos administradores de la empresa y acompañado de una carta de confirmación de un auditor externo (la proporción de activos deberá ser del 60% de activos líquidos y del 40% de activos fijos y otros activos)
- Compromiso jurado de mantener registros adecuados y presentar las declaraciones que la Comisión pueda exigir periódicamente, firmado por un administrador o el secretario de la empresa (formalizado ante notario);
- Compromiso jurado de cumplir de forma continua todos los requisitos aplicables de
conducta empresarial establecidos en la Ley de Inversiones y Valores (ISA) y
las Normas y Reglamentos, notificaciones y directrices emitidos al amparo de la ISA; - Compromiso jurado de cumplir las Normas y Reglamentos de la SEC y la Ley de Inversiones y Valores n.º 29 de 2007, firmado por un administrador o el secretario de la empresa (formalizado ante notario);
Preguntas sobre requisitos regulatorios adicionales para asesores automatizados (digitales)
- Procedimientos adicionales para prestar servicios de asesoramiento digital;
- Procedimientos para revisar y reequilibrar la asignación de activos de inversión de un cliente;
- Gobernanza y supervisión de algoritmos;
- Desarrollo de la herramienta para el cliente;
- Supervisión y pruebas de la herramienta para el cliente;
- Gestión del riesgo tecnológico;
- Cumplimiento de la Ley contra el Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo;
- Divulgación de información relevante;
- Información sobre algoritmos;
- Conflictos de intereses;
- Declaración de advertencia de riesgos para productos de inversión cotizados en el extranjero;
- Idoneidad del asesoramiento;
- Exención de la recopilación de información completa;
- Evaluación de los conocimientos y la experiencia de los clientes,
- Publicidad;
Para el proceso de respuesta a las preguntas 36–50, haga clic en el enlace Servicios de Asesoramiento Digital